2 Caracterización:
- Caudales de ventilación mínimos en locales no habitables:
3 Diseño:
VIVENDAS:
1 Las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser híbrida o mecánica con las siguientes características:
a) El aire debe circular desde los locales secos a los húmedos, para ello los comedores, los dormitorios y las salas de estar deben disponer de aberturas de admisión; los aseos, las cocinas y los cuartos de baño deben disponer de aberturas de extracción; las particiones situadas entre los locales con admisión y los locales con extracción deben disponer de aberturas de paso;
b) Los locales con varios usos de los del punto anterior, deben disponer en cada zona destinada a un uso diferente de las aberturas correspondientes;
c) Como aberturas de admisión, se dispondrán aberturas dotadas de aireadores o aperturas fijas de la carpintería, como son los dispositivos de microventilación con una permeabilidad al aire según UNE EN 12207:2017 en la posición de apertura de clase 1 o superior; no obstante, cuando las carpinterías exteriores sean de clase 1 de permeabilidad al aire según UNE EN 12207:2017 pueden considerarse como aberturas de admisión las juntas de apertura;
d) Cuando la ventilación sea híbrida las aberturas de admisión deben comunicar directamente con el exterior;
e) Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo mayor que 1,80 m;
f) Cuando algún local con extracción esté compartimentado, deben disponerse aberturas de paso entre los compartimentos; la abertura de extracción debe disponerse en el compartimento más contaminado que, en el caso de aseos y cuartos de baños, es aquel en el que está situado el inodoro, y en el caso de cocinas es aquel en el que está situada la zona de cocción; la abertura de paso que conecta con el resto de la vivienda debe estar situada en el local menos contaminado;
g) Las aberturas de extracción deben conectarse a conductos de extracción y deben disponerse a una distancia del techo menor que 200 mm y a una distancia de cualquier rincón o esquina vertical mayor que 100 mm;
h) Un mismo conducto de extracción puede ser compartido por aseos, baños, cocinas y trasteros.
El área efectiva total de las aberturas de ventilación de cada local debe ser como mínimo la mayor de
las que se obtienen mediante las fórmulas que figuran en la tabla 4.1.
El dimensionado de los conductos varía según el tipo de ventilación implementado:
Para ventilación mecánica:
S ≥ 2,5·qvt (para conductos contiguos a locales habitables)
S ≥ 1,5·qvt (para conductos en cubierta)
Donde S es la sección en cm² y qvt es el caudal de aire en el tramo del conducto en l/s.
Para personas con actividad metabólica sedentaria de 1,2 met, con grado de vestimenta de 0,5 clo en verano y 1 clo en invierno y un PPD (porcentaje de personas insatisfechas) menor al 10 %, los valores de la temperatura operativa y de la humedad relativa, asumiendo un nivel de velocidad de aire bajo (<0.1 m / s), estarán comprendidos entre los límites indicados en la tabla 1.4.1.1.
IT 1.1.4.2.2 - Categorías de calidad del aire interior en función del uso de los edificios.
La calidad del aire interior (IDA) del edificio o local en este caso, se determina en función de la actividad que se desarrolle en su interior, y se clasifica en 4 categorías:
IDA 1 (aire de óptima calidad) hospitales, clínicas, laboratorios y guarderías.
IDA 2 (aire de buena calidad) oficinas, residencias (locales comunes de hoteles y similares, residencias de ancianos y de estudiantes), salas de lectura, museos, salas de tribunales, aulas de enseñanza y asimilables y piscinas.
IDA 3 (aire de calidad media) edificios comerciales, cines, teatros, salones de actos, habitaciones de hoteles y similares, restaurantes, cafeterías, bares, salas de fiestas, gimnasios, locales para el deporte (excepto piscinas) y salas de ordenadores.
IDA 4 (aire de baja calidad).
Tabla tasa metabólica:
IT 1.1.4.2.3 - Caudal mínimo del aire exterior de ventilación
1. El RITE desarrolla cinco métodos de cálculo, en función de la actividad que se desarrolle en el espacio interior, el nivel de contaminantes, si es zona de fumadores o no, o la concentración de CO2:
A. Método directo de caudal de aire exterior por persona. Para espacios interiores en los que la actividad metabólica sea alrededor de 1,2 met, la producción de contaminantes debido a fuentes distintas al ser humano sea baja, y no se fume.
Tabla 1.4.2.1 Caudales de aire exterior, en dm3/s por persona:
- Para locales donde esté permitido fumar, los caudales de aire
exterior serán, como mínimo, el doble de los indicados en la tabla
1.4.2.1.
- Cuando el edificio disponga de zonas específicas para fumadores,
estas deben consistir en locales delimitados por cerramientos
estancos al aire, y en depresión con respecto a los locales contiguos.
B. Método directo por calidad del aire percibido. En este método basado en el informe CR 1752 (método olfativo), los valores a emplear son los de la tabla 1.4.2.2. Se trata de un método olfativo descrito en el informe
CR 1752 y en la UNE-EN13779:2004. El método es de difícil aplicación y, de hecho, no aparece en la UNE-EN13779:2008. El caudal de ventilación requerido para la salud se calcula mediante:
Donde Qc es el caudal de ventilación, Gc es la carga contaminante sensorial en olf, Cc,i
la calidad del aire interior percibida deseada en decipol, Cc,o la calidad del aire exterior
percibida en la entrada del aire en decipol y εv la efectividad de la ventilación.
La calidad del aire interior percibida deseada en decipol Cc,i viene especificada en la Tabla 1.4.2.2 del Reglamento. La calidad del aire exterior percibida en la entrada del aire en decipol Cc,o se suele considerar nula. La carga contaminante sensorial Gc en olf se calcula en función de los ocupantes y la actividad realizada (Tabla 13) y de la carga del edificio (0,1 olf/m2 en edificios poco contaminantes y de 0,2 olf/m2).
La efectividad de la ventilación εv depende de la posición de las rejillas de impulsión y retorno y de la
temperatura del aire impulsado (UNE EN 13779-2008). Para nuestros cálculos utilizaremos un efectividad de la ventilación εv de 0,9
C. Método directo por concentración de CO2. Recomendado en locales con elevada actividad metabólica, y que no se fume. El caudal de ventilación requerido para la salud se calcula mediante:
Donde Qh es el caudal de ventilación, Gh es la carga contaminante de CO2 en l/s
(calculada a partir de la Tabla de la tasa metabólica, (Ch,i – Ch,o) la diferencia entre
la concentración de CO2 en el aire interior y exterior en partes por uno (10-6 ppm)
y εv la efectividad de la ventilación.
Los valores de concentración de CO2 en el aire interior sobre el exterior (Ch,i – Ch,o) en función de la calidad del
aire interior (IDA), se muestran en la siguiente tabla:
* Concentración (partes por millón en volumen) por encima de la concentración en el aire exterior.
D. Método indirecto de caudal de aire por unidad de superficie. Para espacios no dedicados a ocupación humana permanente, se aplicarán los valores de la siguiente tabla:
El caudal de aire de extracción de locales de servicio será como mínimo de 2 l/s por m2 de superficie de planta.
E. Método de dilución. Cuando en un local existan emisiones conocidas de materiales contaminantes específicos, se empleará el método de dilución. Se considerarán válidos a estos efectos, los cálculos realizados como se indica en el apartado 6.4.2.3 de la EN 13779. La concentración obtenida de cada sustancia contaminante, considerando la concentración en el aire de impulsión SUP y las emisiones en los mismos locales, deberá ser menor que el límite fijado por las autoridades sanitarias.
2. En las piscinas climatizadas el aire exterior de ventilación necesario para la dilución de los contaminantes será de 2,5 dm³/s por metro cuadrado de superficie de la lámina de agua y de la playa (no está incluida la zona de espectadores). A este caudal se debe añadir el necesario para controlar la humedad relativa, en su caso. El local se mantendrá con una presión negativa de entre 20 a 40 Pa con respecto a los locales contiguos.
3. En edificios para hospitales y clínicas son válidos los valores de la norma UNE 100713.
IT 1.4..2.4 - Filtración del aire exterior de ventilación
1. El aire exterior de ventilación, se introducirá debidamente filtrado en los edificios.
2. Las clases de filtración mínimas a emplear, en función de la calidad del aire exterior (ODA) y de la calidad del aire interior requerida (IDA), serán las que se indican en la tabla 1.4.2.5
3. La calidad del aire exterior (ODA) se clasificará de acuerdo con los siguientes niveles:
ODA 1: aire puro que se ensucia sólo temporalmente (por ejemplo polen).
ODA 2: aire con concentraciones altas de partículas y, o de gases contaminantes.
ODA 3: aire con concentraciones muy altas de gases contaminantes (ODA 3G) y, o de partículas (ODA 3P).
El aire exterior de ventilación se introducirá debidamente filtrado en el interior en función de la calidad del aire exterior ODA y del aire interior mínima IDA. El RITE clasifica el aire exterior en tres categorías:
4. Se emplearán prefiltros para mantener limpios los componentes de las unidades de ventilación y tratamiento de aire, así como para alargar la vida útil de los filtros finales. Los prefiltros se instalarán en la entrada del aire exterior a la unidad de tratamiento, así como en la entrada del aire de retorno.
5. Los filtros finales se instalarán después de la sección de tratamiento y, cuando los locales sean especialmente sensibles a la suciedad (locales en los que haya que evitar la contaminación por mezcla de partículas, como quirófanos o salas limpias, etc.), después del ventilador de impulsión, procurando que la distribución de aire sobre la sección de filtros sea uniforme.
6. En todas las secciones de filtración, salvo las situadas en tomas de aire exterior, se garantizarán las condiciones de funcionamiento en seco (no saturado).
7. Las secciones de filtros de la clase G4 o menor para las categorías del aire interior IDA 1, IDA 2 e IDA 3 solo se admitirán como secciones adicionales a las indicadas en la tabla 1.4.2.5.
8. Los aparatos de recuperación de calor deben estar siempre protegidos con una sección de filtros, cuya clase será la recomendada por el fabricante del recuperador; de no existir recomendación serán como mínimo de clase F6.
9. En las reformas, cuando no haya espacio suficiente para la instalación de las unidades de tratamiento de aire, el filtro final indicado en la tabla 1.4.2.5 se incluirá en los recuperadores de calor.
Para la clasificación de aire exterior se aplican las directrices de la OMS (UNE-EN 16798-3:2018):
La ODA 1 se aplica cuando se cumplen las directrices de la Organización Mundial de la Salud OMS y las de cualquier norma nacional sobre la calidad del aire o cualquier reglamentación sobre el aire exterior.
IT 1.1.4.2.5. Aire de extracción
1. En función del uso del edificio o local, el aire de extracción se clasifica en las siguientes categorías:
a) AE 1 (bajo nivel de contaminación): aire que procede de los locales en los que las emisiones más importantes de contaminantes proceden de los materiales de construcción y decoración, además de las personas.
Está excluido el aire que procede de locales donde se permite fumar. Están incluidos en este apartado: oficinas, aulas, salas de reuniones, locales comerciales sin emisiones específicas, espacios de uso público, escaleras y pasillos.
b) AE2 (moderado nivel de contaminación): aire de locales ocupado con más contaminantes que la categoría anterior, en los que, además, no está prohibido fumar.
Están incluidos en este apartado: restaurantes, habitaciones de hoteles, vestuarios, aseos, cocinas domésticas (excepto campana extractora), bares, almacenes.
c) AE3 (alto nivel de contaminación): aire que procede de locales con producción de productos químicos, humedad, etc.
Están incluidos en este apartado: saunas, cocinas industriales, imprentas, habitaciones destinadas a fumadores.
d) AE 4 (muy alto nivel de contaminación): aire que contiene sustancias olorosas y contaminantes perjudiciales para la salud en concentraciones mayores que las permitidas en el aire interior de la zona ocupada.
Están incluidos en este apartado: extracción de campanas de humos, aparcamientos, locales para manejo de pinturas y solventes, locales donde se guarda lencería sucia, locales de almacenamiento de residuos de comida, locales de fumadores de uso continuo, laboratorios químicos.
2. El caudal de aire de extracción de locales de servicio será como mínimo de 2 dm³/s por m² de superficie en planta.
3. Sólo el aire de categoría AE 1, exento de humo de tabaco, puede ser retornado a los locales.
4. El aire de categoría AE 2 puede ser empleado solamente como aire de transferencia de un local hacia locales de servicio, aseos y garajes.
5. El aire de las categorías AE 3 y AE 4 no puede ser empleado como aire de recirculación o de transferencia.
6. Cuando se mezclen aires de extracción de diferentes categorías el conjunto tendrá la categoría del más desfavorable; si las extracciones se realizan de manera independiente, la expulsión hacia el exterior del aire de las categorías AE3 y AE4 no puede ser común a la expulsión del aire de las categorías AE1 y AE2, para evitar la posibilidad de contaminación cruzada.